El acreedor extranjero en el concurso de acreedores en España (1): La tramitación del concurso

En el marco de los procedimientos judiciales existentes en España, el concurso de acreedores es, seguramente, el más complejo. A ello se suma la incertidumbre causada por la COVID-19, debido a la moratoria concursal aprobada por el Gobierno hasta el 31 de diciembre de 2021, motivos ambos para prestar especial atención a aquellas empresas deudoras españolas en riesgo de insolvencia y, en consecuencia, riesgo de declaración de concurso de acreedores.

En este contexto, resulta conveniente recordar que la declaración y tramitación del concurso de acreedores en España se llevará a cabo en el lugar donde se encuentre el centro de intereses principales del deudor. Es por ello que los tribunales españoles serán, por regla general, competentes para la declaración y tramitación de los concursos de todos aquellos deudores que tengan su centro de intereses principales dentro del territorio español, siendo éste, en el supuesto de las personas jurídicas, el lugar en que radique su domicilio social (salvo prueba en contrario).

La declaración del concurso en territorio español, conllevará su consideración como concurso principal, implicando que comprende todos los bienes del deudor, independientemente de si se sitúan o no en España. De igual forma, será aplicable la ley española, al ser aplicable la ley del país de declaración del concurso (salvo determinadas excepciones).

Todo lo anterior conlleva que, una vez declarado el concurso de acreedores en España, no sea posible la realización de créditos fuera del contexto de dicho concurso, debiendo todo acreedor, ya sea español o extranjero, reclamar su crédito dentro del marco de dicho concurso y sujeto a la ley española.

Recordamos brevemente los tipos de concurso existentes en España:

Tipos de concurso por su tipología:

  • Concurso ordinario: el procedimiento general
  • Concurso abreviado: procedimiento simplificado para ahorrar tiempo y dinero al deudor y a los acreedores

Tipos de concurso según quién lo solicite:

  • Concurso voluntario: el propio deudor solicita la declaración de concurso para intentar la reestructuración de la deuda
  • Concurso necesario: los acreedores lo solicitan para lograr la satisfacción de sus créditos

Dicho lo anterior, una vez declarado el concurso, la administración concursal procederá a la comunicación individual a todos los acreedores conocidos con domicilio en el extranjero. Enlace a 56 2021.

José María Mesa & Rosario Rodríguez

Si desea información adicional sobre la tramitación del concurso en España,

Este artículo no constituye asesoramiento jurídico

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