El acreedor extranjero en el concurso de acreedores en España (3): La resolución de contratosEn lo que se refiere a la resolución de contratos con obligaciones recíprocas en el marco de la declaración del concurso, la normativa en España distingue entre los contratos con obligaciones recíprocas, pendientes de cumplimiento por una de las partes y los contratos con obligaciones recíprocas, pendientes de cumplimiento por ambas partes.Leer más
El acreedor extranjero en el concurso de acreedores en España (2): La comunicación del créditoLa comunicación del crédito por parte del acreedor extranjero debe realizarse en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE de la declaración del concurso y debe efectuarse, por regla general, en castellano. Aunque no está obligado a ello, es recomendable que el acreedor extranjero efectúe dicha comunicación a efectos de su calificación y posterior satisfacción.Leer más
El acreedor extranjero en el concurso de acreedores en España (1): La tramitación del concursoLa declaración del concurso en España conlleva su consideración como “concurso principal”. Ello implica que comprende todos los bienes del deudor, independientemente de si se encuentran o no en España y que será, salvo determinadas excepciones, será aplicable la ley española.Leer más
El acreedor extranjero en el concurso de acreedores en España (4): La responsabilidad del deudor y de los administradoresLa normativa concursal en España enumera las conductas que determinan la responsabilidad de los administradores en el concurso. Entre las consecuencias de tales conductas figuran la inhabilitación, la pérdida de derechos asociados a la posición de acreedor concursal o la condena a cubrir el déficit concursal.Leer más