Solicitud de declaración de concurso de acreedores durante el estado de alarma
El Real Decreto-ley 8/2020 introduce modificaciones en cuanto a los plazos para la solicitud de declaración de concurso de acreedores en España, ya sea voluntario o necesario. Y faculta a los jueces para la inadmisión de solicitudes de concurso, hasta dos meses después de la finalización del estado de alarma.