La transmisión de empresas mediante el contrato de compraventa de acciones

Una vez estimada la conveniencia de llevar a cabo la adquisición o transmisión de una sociedad mercantil (en adelante, la sociedad), se plantea la dicotomía de elegir el instrumento jurídico más adecuado para su ejecución. Así, dentro de la praxis habitual en este tipo de transacciones, se suele distinguir entre la adquisición directa de las acciones o participaciones de la sociedad (share deal) y la compra directa de los activos de la sociedad (asset deal).

A continuación, abordaremos las principales características de la transmisión a través de la compraventa directa de acciones o participaciones.

Definición de la compra directa de acciones

La compraventa de acciones supone la adquisición de las acciones o participaciones de la sociedad, lo cual implica la transmisión global de la totalidad de activos y pasivos de la Sociedad en una sola operación. De esta forma, las partes del contrato serán los socios de la Sociedad (vendedores) y la persona/s adquirente/s, siendo el objeto de la compraventa un solo activo: las acciones o participaciones.

Ventajas de la transmisión de empresas mediante la compraventa de acciones

  • Facilita la transmisión de derechos y obligaciones de la Sociedad, lo cual puede traducirse en menores costes de transacción, al permitir la transmisión global de un conjunto de derechos y obligaciones mediante la transmisión de un único activo, las acciones o participaciones. En todo caso, es importante tener en cuenta  que los contratos formalizados por la Sociedad con terceros pueden estar sujetos a las denominadas cláusulas de cambio de control. Esto implicaría que un cambio en la composición del accionariado pudiera derivar en la resolución anticipada del contrato. La falta de análisis de dichas cláusulas mediante el correspondiente proceso de Due Diligence puede derivar en importantes riesgos sobre la transacción.
  • Elimina la necesidad de obtener el consentimiento de los acreedores de la Sociedad ex artículo 1205 CC. En la compraventa de acciones la Sociedad sigue manteniendo su posición en todos sus derechos de crédito, no siendo por ello necesario solicitar el consentimiento de los acreedores.

Desventajas de la transmisión de empresas mediante la compraventa de acciones

La instrumentalización de la compraventa a través de la adquisición directa de las acciones o participaciones también presenta ciertas desventajas:

  • Como se ha indicado anteriormente, el objeto del contrato es la adquisición de acciones o participaciones y no la compra del negocio como se podría estimar en un principio. De esta forma,  la responsabilidad del vendedor ex artículos 1101 y 1124 del Código Civil se limitaría al cumplimiento del objeto del contrato, la transmisión de las  acciones o participaciones. La responsabilidad del vendedor en relación al activo y pasivo adquirido a través de las acciones será tenida en cuenta siempre que el móvil (la adquisición de la Sociedad) esté expresamente incorporado a la causa del contrato de compraventa (STSS 21 de diciembre de 2009, 21 de octubre de 2013, entre otras). En todo caso, dicha deficiencia puede ser suplida mediante la inclusión en el contrato de las correspondientes manifestaciones y garantías firmadas directamente por el vendedor para facilitar la potencial reclamación de responsabilidad relacionada con el negocio transmitido.
  • Como se ha indicado anteriormente, el comprador adquiere todo el activo y asume todas las obligaciones de la Sociedad, incluyendo todos los posibles pasivos ocultos. En este punto, es de vital importancia llevar a cabo por parte del comprador una labor de Due Diligence para identificar de forma previa dichos pasivos ocultos.

La transmisión de empresas mediante un contrato de compraventa de acciones es uno de los instrumentos que permiten la adquisición de una empresa en España. Una correcta evaluación de la operación será clave para determinar si se trata de la opción más adecuada, o, por el contrario convendría recurrir a la compraventa de activos de la sociedad.

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Este artículo no constituye asesoramiento jurídico

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