Cláusulas tipo en las rondas de financiación

Las compañías, en especial las startups, buscan financiación externa para impulsar su actividad. Cuando esta no proviene de entidades financieras, suele materializarse mediante rondas de financiación, que implican inyecciones de capital procedentes de fondos de inversión, a cambio de una participación en la compañía, convirtiéndose en socios de esta.

Dado el interés mutuo del inversor, la startup y sus socios fundadores en el éxito de la inversión, se suscribe un acuerdo de inversión y/o pacto de socios entre las partes, para regular los aspectos intrínsecos de la inversión.

Acuerdo de inversión

En términos generales, se elabora un acuerdo de inversión cuando el inversor planea la financiación en desembolsos sucesivos, conocidos como tramos. Estos se suelen vincular a hitos, cuyos términos y condiciones específicos se detallan en estos acuerdos. Estos hitos representan objetivos comerciales que la startup debe alcanzar en unos plazos concretos para recibir el siguiente tramo de financiación.

Pacto de socios

El pacto de socios regula las relaciones entre los socios, así como las de estos con la compañía. Este contrato debe ajustarse a los intereses particulares de los socios de cada compañía y elaborarse específicamente para cada caso. No obstante, existen cláusulas comunes que se recogen habitualmente en los pactos de socios y que exponemos a continuación:

a. Reparto de cargos

Es una cláusula que determina el derecho de los diversos socios a designar los cargos del órgano de administración. La fórmula más frecuente otorga a los socios fundadores la elección del presidente del consejo de administración y, en su caso, del consejero delegado, mientras que el socio inversor suele nombrar al secretario del consejo.

b. Mayorías reforzadas

Estas cláusulas buscan ampliar el régimen de mayorías establecido por la ley para adoptar acuerdos sobre determinadas materias, bien en sede de junta general o en el seno del órgano de administración. Estas cláusulas pueden conferir un derecho de veto a alguno de los socios, por lo que debe prestarse especial atención a la negociación de su contenido.

c. Exclusividad, permanencia y no competencia

Estas tres cláusulas buscan comprometer a los socios fundadores a mantener su vínculo con la compañía y proteger el negocio. Generalmente, constituyen una condición impuesta por el inversor para llevar a cabo la financiación. Dado que los socios fundadores poseen el know how de la compañía, estas cláusulas pretenden garantizar que dicho conocimiento permanezca en la startup después de la inversión.

d. Derecho de arrastre (Drag-along) y de acompañamiento (Tag-along)

El derecho de arrastre es una prerrogativa del socio mayoritario para arrastrar a los socios minoritarios en caso de recibir una oferta de un tercero por la totalidad de la compañía. Por el contrario, el derecho de acompañamiento otorga al socio minoritario la facultad de acompañar al socio mayoritario si este último decide transmitir su participación a un tercero.

e. Plan de incentivos

La creación de planes de incentivos, como stock options o phantom shares, busca incentivar la participación de ciertas personas en el funcionamiento de la compañía, fortaleciendo su compromiso con el negocio. Al proporcionar estos sistemas de retribución variable, estas personas se benefician directamente del incremento del valor de la compañía al que se considera han contribuido y se favorece su permanencia en la misma.

f. Derechos preferentes

Estas cláusulas, generalmente incluidas por el inversor, establecen derechos a su favor para asegurar la recuperación de la inversión. Por ejemplo, es habitual incluir un derecho de cobro preferente, por ejemplo, en situaciones de liquidación de la sociedad o de reparto de dividendos.

Asimismo, en los pactos de socios, es frecuente encontrar cláusulas diseñadas para prevenir la dilución del socio inversor, garantizar derechos de información más amplios que los establecidos por ley, o imponer obligaciones a alguno de los socios.

Cabe recordar que cada pacto de socios es único, por lo que debe contener todas las cláusulas necesarias para promover el buen funcionamiento de la compañía y, por ende, el éxito de la inversión.

Si necesita información adicional sobre las cláusulas tipo en las rondas de financiación en España,

Este artículo no constituye asesoramiento jurídico

Noticias relacionadas