Requisitos y procedimiento para acceder a los beneficios de la Ley de startups

En julio de 2023, el legislador español publicó la Orden PCM/825/2023, de 20 de julio. Esta Orden (en adelante la Orden) regula los criterios y el procedimiento de certificación de las startups, de acuerdo con la reciente Ley 28/2022, también conocida como la Ley de las Startups.

En este artículo analizamos la mencionada Orden, que establece los criterios de evaluación del emprendimiento innovador y escalable, necesarios para que las startups puedan beneficiarse del régimen fiscal especial y otras ventajas contempladas en la Ley de Startups. Además, abordamos el procedimiento que las empresas deben seguir para acceder al régimen especial de las startups.

Antes de profundizar en los conceptos mencionados, es necesario señalar que, según la legislación española, una startup se define como: toda persona jurídica que reúna simultáneamente las condiciones previstas en el artículo 3º de la Ley de las Startups y que haya sido debidamente certificada por la Empresa Nacional de Innovación, S.M.E., SA (en adelante, ENISA).

El artículo 3 de la Orden reitera la necesidad de demostrar documentalmente cada uno de los requisitos ya tratados en nuestro artículo (https://www.mariscal-abogados.es/la-nueva-ley-de-startups/). (17 2022) A continuación, precisa y desarrolla los criterios de evaluación del carácter de emprendimiento innovador y del emprendimiento escalable.

Requisitos de la Ley de Startups

Carácter innovador

En el artículo 4.2 de la Orden, se define el proyecto innovador como aquel que una empresa desarrolla cuando su finalidad sea resolver un problema o mejorar una situación existente mediante el desarrollo de productos, servicios o procesos nuevos o mejorados sustancialmente en comparación con el estado de la técnica y que lleve implícito un riesgo de fracaso tecnológico, industrial o en el propio modelo de negocio.

Los criterios generales para identificar un proyecto innovador incluyen:

  • La presencia de una innovación tecnológica susceptible de protección por derechos de propiedad industrial (se excluyen marcas y nombres comerciales) u otros derechos, como software o know-how protegidos
  • La existencia de un informe potestativo dirigido a la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) para evaluar este aspecto
  • La incorporación de innovación en productos, procesos, servicios y/o modelos de negocio

La Orden establece presunciones de innovación. En este sentido, se presume que la startup solicitante cumple con el requisito innovador si reúne una de las siguientes condiciones:

  • Haber destinado al menos un 15 % de sus gastos totales a actividades de I+D+i tecnológica en los dos ejercicios anteriores, o en el ejercicio anterior en el caso de empresas con menos de dos años de antigüedad
  • Haber recibido ayudas públicas para proyectos de e I+D+i o emprendimiento innovador en los últimos 3 años sin que hayan sido revocadas
  • Haber obtenido un informe motivado del Ministerio de Ciencia e Innovación destacando su alto grado de innovación
  • Haber disfrutado de bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social por tener contratado personal investigador
  • Haber obtenido uno de los sellos de PYME innovadora o disponer de alguna de las certificaciones emitidas por AENOR:

Carácter escalable

En relación con el criterio de emprendimiento escalable, la Orden no proporciona una definición clara de este concepto. Únicamente establece los criterios que deben evaluarse, :

  • El atractivo del producto o servicio en el mercado
  • La fase de desarrollo de la empresa
  • El modelo de negocio
  • El grado de competencia
  • El equipo, su experiencia y formación
  • El tipo de clientela
  • La naturaleza de los contratos con proveedores, prestadores de servicios y arrendatarios

Asimismo, la Orden establece una presunción de escalabilidad para aquellas startups solicitantes que hubieran suscrito una o varias pólizas de crédito con ENISA (https://www.enisa.es/es/financia-tu-empresa/lineas-de-financiacion) en los últimos 3 años, siempre y cuando al menos una de ellas esté en vigor.

Procedimiento de la Ley de Startups

La solicitud de certificación por parte de la empresa interesada debe realizarse a través del registro electrónico habilitado en el portal web de ENISA e ir acompañada de los siguientes documentos:

  • NIF de la startup solicitante
  • Escritura de constitución
  • Cuentas anuales del último ejercicio
  • Certificado de estar al corriente de pago con Hacienda
  • Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social
  • Declaración jurada de cumplimiento de la Ley de las Startups
  • Plan de empresa

El plazo máximo de respuesta por parte de ENISA será de 3 meses. En caso de silencio administrativo, éste se entenderá como positivo.

En cuanto a la fecha de disfrute de los beneficios de la Ley de Startups, se establece que será la fecha de certificación como empresa emergente o startup de la empresa solicitante.

Si desea información adicional sobre los requisitos y procedimiento para acceder a los beneficios de la Ley de startups

Este artículo no constituye asesoramiento jurídico

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