El acreedor extranjero en el concurso de acreedores en España (2): La comunicación del créditoLa comunicación del crédito por parte del acreedor extranjero debe realizarse en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE de la declaración del concurso y debe efectuarse, por regla general, en castellano. Aunque no está obligado a ello, es recomendable que el acreedor extranjero efectúe dicha comunicación a efectos de su calificación y posterior satisfacción.Leer más